El Gobierno está interesado en que los bancos acepten la dación de la vivienda como pago, en el caso de que una familia sin recursos, no pueda hacer frente a la hipoteca de su hogar. Pero, hay algunas cosas que deberíamos tener claro, para no perdernos en este tema:
*Dación en pago: es cuando el banco acepta que la hipoteca sobre una vivienda queda completamente saldada, con sólo la entrega de las llaves de la misma. La entidad bancaria o financiera va a aceptar que toda la deuda se ha pagado, aunque el valor inicial de la casa -o sea, el valor en el que la tasó el propio banco- es muy superior al precio actual en el mercado y al que podría lograr si llega a subastar el piso.
*Ejecución de una hipoteca: es la acción por la que se ordena poner a la venta un piso, que estaba gravado por una hipoteca, después de que la persona hipotecada haya dejado de hacer frente a las cuotas. La venta se suele hacer a través de una subasta pública.
*Desahucio: Es el paso siguiente, al punto anterior. La familia que no ha podido hacer frente a las cuotas de la hipoteca se le echa de su casa, por orden judicial. Tras tener lugar el desalojo, el banco ya puede poner a la venta la vivienda, en subasta pública.
Foto: fuente
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