sábado, 10 de marzo de 2012

La dación en pago


El Gobierno está interesado en que los bancos acepten la dación de la vivienda como pago, en el caso de que una familia sin recursos, no pueda hacer frente a la hipoteca de su hogar. Pero, hay algunas cosas que deberíamos tener claro, para no perdernos en este tema:
*Dación en pago: es cuando el banco acepta que la hipoteca sobre una vivienda queda completamente saldada, con sólo la entrega de las llaves de la misma. La entidad bancaria o financiera va a aceptar que toda la deuda se ha pagado, aunque el valor inicial de la casa -o sea, el valor en el que la tasó el propio banco- es muy superior al precio actual en el mercado y al que podría lograr si llega a subastar el piso.
*Ejecución de una hipoteca: es la acción por la que se ordena poner a la venta un piso, que estaba gravado por una hipoteca, después de que la persona hipotecada haya dejado de hacer frente a las cuotas. La venta se suele hacer a través de una subasta pública.
*Desahucio: Es el paso siguiente, al punto anterior. La familia que no ha podido hacer frente a las cuotas de la hipoteca se le echa de su casa, por orden judicial. Tras tener lugar el desalojo, el banco ya puede poner a la venta la vivienda, en subasta pública.
Foto: fuente

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