El juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ha dictado, hace muy poco, una sentencia que deja claro que las clausulas de limitación del tipo de interés de las hipotecas, a tipo variable, que reciben el nombre de “Cláusula suelo”, de entidades como BBVA, Cajamar o Caixa Galicia, son abusivas. Según el juez, la abusividad está en la desproporción entre el suelo y el techo, que están fijados en las cláusulas, una desigualdad que no estaría justificada, de ninguna manera. La OCU lleva varios años reclamando que se eliminen dichas clausulas suelo; pero, por el momento, parece que seguirán, ya que dicha sentencia no es firme. Eso sí, se recuerda a las personas que se ven perjudicadas por este tipo de clausulas que tienen una serie de derechos: -debe acudir a su entidad para llegar a una negociación, para que no se aplique dicha clausula. Se puede usar el modelo estándar de reclamación para poder solicitar la eliminación de la cláusula suelo.
- Si la entidad se niega y el perjuicio que se sufre es alto ya que el tope de bajada es muy alto -hay contratos que posee límites del 3.5% o superiores, en algunos casos-, lo mejor es cambiar el préstamo a otro banco, realizando una subrogación, en la que dicha cláusula desaparezca.
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