martes, 28 de febrero de 2012

Elegir entre un depósito o una cuenta remunerada


A la hora de elegir, entre una cuenta remunerada y un depósito, tenemos que tener en cuenta que, en uno vamos a encontrar un beneficio, que no vamos a encontrar en el otro. En un depósito, vamos a perder liquidez. Además, con la teoría encima de la mesa, no podremos cancelarlo, hasta el momento en el que venza el contrato, que hemos firmado, y si tenemos que hacerlo, por alguna razón de peso, vamos a tener que pagar una penalización -o sea, vamos a perder parte de los beneficios, que recibiríamos por tener nuestro dinero en dicho depósito-. Eso sí, a cambio de estas desventajas, nos vamos a encontrar con una alta rentabilidad, mayor que en otros productos, que nos podemos encontrar en el mercado, más que en el caso de las cuentas remuneradas, en las que si podemos retiras el dinero, cuando mejor nos convenga, sin tener que pagar ningún tipo de remuneración o penalización. Nos encontramos con tipos de intereses más bajos y condiciones, que son bastante similares, entre sí, y en medio de la incertidumbre, que nos encontramos en este momento, con la crisis económica como fondo, que puede obligarnos a tener que retirar nuestro dinero, mucho antes de que termine el tiempo,que habíamos convenido. En estos casos, es mucho mejor apostar por una cuenta remunerada. Debemos recordar que, por regla general, los depósitos que más nos pueden interesar son los crecientes, ya que nos ofrecen tipos mucho más altos, ya que van a premiar la fidelidad, eso sí, debemos tener que tener nuestro dinero, inmóvil, durante un período de tiempo largo.
Foto: fuente

Cómo podemos ahorrar. (II)


Seguimos con algunas opciones que nos ofrecen los bancos, para que podamos ahorrar nuestro capital, nuestro dinero e, incluso, podamos sacarle algún tipo de beneficio a esa cantidad de dinero.
- Una cuenta vivienda. Es una variable de lo que se conoce como “cuenta de ahorro” y la función es la rehabilitación de nuestra vivienda habitual o poder comprar una nueva. Este tipo de cuentas poseen unos beneficios fiscales, que provocan que sean muy atractivas y su duración queda marcada por ley: un máximo de cuatro años.
- Depósitos a Plazos. O sea, estamos hablando de una imposición, que se fija a un determinado plazo. O sea, vamos a entregarle al banco una determinada cantidad de dinero, por un tiempo que hemos estipulado, en el momento en que firmemos el documento de contratación. A cambio de esta imposición, vamos a lograr una remuneración. Pero, tiene un inconveniente: no podremos disponer de nuestro dinero, hasta que termine el plazo que hemos contratado, aunque, debemos decir que algunas entidades si permiten la cancelación anticipada, eso sí, a cambio -en algunas ocasiones, no habrá este punto- de una cantidad de dinero, que es la comisión de cancelación.
Como vemos, nos encontramos con distintas posibilidades, para poder ahorrar nuestro dinero, para que esté seguro en un banco e, incluso, que nos pueda ofrecer una serie de beneficios, como pueden ser los intereses o beneficios fiscales.
Foto: fuente

Cómo podemos ahorrar


A la hora de ahorrar nuestro dinero, nuestro banco nos dará una serie de posibilidades, que debemos valorar según nuestro caso, en particular. Así, tenemos estas diversas maneras, que nos permitirán ahorrar y guardar nuestro capital, sin ningún tipo de problema.
-Una cuenta corriente: nos va a permitir disponer de esa cantidad de dinero, que tenemos depositada en la misma, en cualquier momento, y no suelen ofrecernos ningún tipo de remuneración o nos dan algún tipo de interés por ese dinero, aunque, debemos señalar que esto último va a depender de la entidad, en la que decidamos confiar. Este tipo de cuentas son las más usuales, las que más se suelen usar, pues nos van a permitir depositar nuestros recibos, ingresar los cheques que firmemos, disponer de tarjetas bancarias y, también, podremos domiciliar nuestra nómina -esto último hace que, en muchas ocasiones, este tipo de cuentas reciban el nombre de “Cuentas nómina”.
-Cuentas remuneradas o cuentas de ahorro: son productos específicos, para ayudar al cliente a que ahorre su dinero. Son muy parecidas a las anteriores, pero no tienen las mismas facilidades, para poder llevar a cabo nuestras operaciones más cotidianas, o sea, en la mayor parte de las ocasiones, no vamos a poder domiciliar nuestros recibos o no nos van a facilitar la posibilidad de disponer de una tarjeta de crédito.
Foto: fuente

miércoles, 22 de febrero de 2012

Que tiene en cuenta un banco, a la hora de dar un crédito (II)


Seguinos contando que datos valoran los bancos, a la hora de conceder un préstamo. Estos datos son mucho más duros, se piden requisitos más exigentes, que hace sólo un año.
Por ejemplo, a la hora de solicitar un crédito personal, que es casi una obra imposible, ya que se exigen requisitos y condiciones, que son imprescindibles, para que el solicitante pueda ofrecer una garantía segura, a la entidad a la que pide el préstamo. Dichos requisitos son los siguientes:
-Estabilidad laboral. Pues si, hoy en día, para que den un préstamo, tener una estabilidad laboral es obligatorio, de forma que el candidato debe demostrar que no ha sufrido un parón profesional, a lo largo de su carrera laboral, a lo largo de estos últimos dos años. El banco va a comprobar y se va a asegurar de que posees una continuidad en el trabajo y, muchas veces, incluso, va a analizar la firmeza y la estabilidad de la empresa que nos tiene contratado, para poder verificar que nuestra trayectoria sea intachable, que no deje dudas, ante nuestras posibilidades de solvencia y que somos personas serias, que vamos a realizar los pagos, de dicho préstamo. En este caso, las personas que peor salen, en la actual situación económica, son los “inmigrantes”, que han visto como se les ha cerrado el grifo, de manera muy drástica y de forma directa, a causa de la inestabilidad de la situación laboral, que vivimos en estos momentos.
Foto: fuente

Que tiene en cuenta un banco, a la hora de dar un crédito


Los requisitos que tienen en cuenta los bancos, a la hora de conceder un crédito, son mucho más duros, en estos momentos, que hace unos pocos años. Ya no encontramos préstamos fácil y barato, son sólo un recuerdo del pasado. La crisis económica, que estamos viviendo, ha hecho cambiar las políticas de concesión de crédito, por parte de las distintas entidades bancarias, que encontramos en nuestro país, ante la falta de liquidez, en buena parte de la población, por lo que se lo piensan mucho a la hora de dejar dinero o, directamente, no lo conceden. Si lo hacen, se lo prestan al mejor postor y con un interés muy alto. Todo esto ha provocado que cualquier cantidad de dinero prestado sea una empresa muy complicada de lograr, para cualquier tipo de consumidor, que es el verdadero perjudicado, con toda esta situación, a quien le es casi imposible poder encontrar financiación para poder desarrollar cualquier actividad empresarial o económica.
Lo primero, tenemos que tener en cuenta que ya no hay los famosos préstamos fáciles o baratos. Tanto si necesitamos dinero para comprar una vivienda, adquirir un coche o para poder cubrir cualquier tipo de gasto personal, los bancos y cajas solicitan mucho más a los solicitantes, deben cumplir más requisitos, que hace sólo un año, por que los parámetros se han ajustado mucho más.
Y, es que las exigencias que se piden al cliente, para que se ajuste a los parámetros que el banco indica para que se conceda un crédito, no va a admitir ningún tipo de flexibilidad.
Foto: fuente

lunes, 20 de febrero de 2012

Como poder elegir un seguro de hogar (IV)


Seguimos con algunos consejos que debemos tener en cuenta, a la hora de llevar a cabo la firma de un contrato, cosas que son muy importantes, para poder evitar problemas:
-En términos generales, en el caso de que sufras un caso de robo, tanto de dinero, joyas y documentación fuera de nuestra vivienda, el seguro puede exigir, para poder realizar el cargo y pagarnos nuestra indemnización, que el robo pueda haber sido con vivienda o alguna amenaza física. O sea, en el caso de que nuestra seguridad física haya podido estar en peligro.
-Siempre debes tener presente los plazos que tienes, para poder realizar la denuncia del siniestro, los pasos que debes seguir para poder comunicar a tu compañía, lo que te ha pasado. Para estos casos, es recomendable tener toda la documentación a mano: el contrato, las clausulas, los recibos... para, en caso de que los necesites, poder realizar la reclamación.
-Para poder cancelar el seguro debes realizar, dicha petición, por escrito, eso sí, dos meses antes de que tenga lugar el vencimiento de dicha póliza. Pues, si lo realizas antes o después de esa fecha, podría ser que te cobren la cuantía, iagual, hasta que llegue el momento de vencimiento o de renovación anual, para que lo puedas cancelar.
Foto: fuente










Como poder elegir un seguro de hogar (III)


Seguimos teniendo en cuenta algunos consejos, a la hora de firmar un seguro del hogar. Algunas cosas que debes tener en mente, cuando lleves a cabo la firma del contrato.
Uno de los errores que más se suelen repetir es que sólo se valoran los bienes, según el riesgo potencial, con respecto a otros bienes, o sea, es lo que provoca el Infraseguro o el Sobreseguro. Cuando realices la declaración para poder llevar a cabo la realización del valor de la vivienda, debes recordar que éste debe ser lo más exacto, que puedas. En el caso del infraseguro, o sea, en el caso de que el valor de la vivienda sea baja, la prima va a ser menor, eso en el caso de siniestro, la indemnización a percibir va a ser muy diferente, a la cantidad que nos va a hacer falta. Y, en el caso de Sobreseguro, también, nos vamos a encontrar con una prima mayor; pero, en el caso de que tenga lugar un siniestro sólo nos van a indemnizar por el valor que corresponde, por lo que pagará más cantidad, sin conseguir algun tipo de beneficio...
-Realizar una certificación de todos y cada uno de los bienes que encontramos en la vivienda, por parte de la propia compañía de seguos, va a hacer mucho más fácil, en caso de un siniestro, que la aseguradora lo pueda resolver, mucho más rápido, porque sabra, de manera exacta, todos los bienes que debe reponer o las cosas que habrá que tener en cuenta, en caso de que haya que hacer una indemnización, en dinero efectivo.
Foto: fuente

Como poder elegir un seguro de hogar (II)


Seguimos con algunos consejos que deberías tener en cuenta, cuando decidas contratar un seguro de hogar, ya que debes tener en cuenta algunas cosas, antes de firmar el contrato:
-Debes tener en cuenta que no todos los seguros suelen incluir la responsabilidad civil, por lo que debes verificarlo, antes de firmar la póliza.
-Vas a necesitar, además de la parte de monto de la prima, informarte sobre los costos, cuando se divide el pago, tanto si son cuotas mensuales, semestrales o anuales. Debes saber, y tener en mente, a cuanto ascienden las comisiones, las tasas de interes y los impuestos que vas a tener que pagar -recuerda que eres tú quién tendrá que hacerse cargo de dichos gastos-.
Informate de la modalidad de indemnización que la empresa va a emplear, ante un siniestro: puede ser por reemplazo de la cosa que ha sido siniestrada, por reposición o con dinero en efectivo... Es muy importante tener en mente cual va a ser la manera en que el seguro va a tomar partido, ante unos posibles contratiempos, o sea, ante posibles problemas.
Si lees el contrato y no estás de acuerdo con algún punto y llegas a un acuerdo, con la aseguradora, para que lleve a cabo una serie de modificaciones en el propio contrato, estás deben estar establecidas en el contrato, por escrito. Si no, en caso de una reclamación, no vas a tener a quien hacersela y no tendrás una base para poder llevarla a cabo.
Foto: fuente


Como poder elegir un seguro de hogar (I)


Antes de firmar el contrato de un seguro de hogar, debemos tener en cuenta una serie de puntos, para poder llevar a cabo la mejor elección posible:
-Lo primero, nunca eligas la primera opción. Puedes visitar distintos bancos o compañías de segudos, para poder comparar datos como los precios, las coberturas, limitaciones y exclusiones, de cada una de las pólizas, que podemos encontrar en el mercado. Debemos leer, con mucho cuidado y atención, todas las limitaciones y exclusiones que pueden tener dichos seguros, para poder evitar sustos, en el último momento. Recuerda que las mismas coberturas, de diversas aseguradoras, poseen diversos porcentajes de indemnización, con diversos sistemas para fijarlas, por lo que dichas diferencias pueden ser muy importantes y nos van a influir. No te olvides de leer la letra pequeña, ya que hay que leer todas y cada una de las clausulas. Debes tener en mente que, en muchas ocasiones, los problemas que aparecen, ante un siniestro, es a causa de una mala información, por parte de la aseguradora en el tema de las coberturas, ya que están interesados en que firmes.
-No dudes en preguntar todo, pregunta, pregunta y vuelve a preguntar, si fuera necesario. No tengas dudas, a la hora de hacerlo, ya que es para tu beneficio. Debes aclarar tus dudas y si no te entiendes las explicaciones que te dan, entonces, debes pedir que te den, dichas explicaciones, sin emplear tecnicismos. La persona que se ocupa de atenderte debe ser paciente y muy respetuosa. También, tienes derecho a que te expliquen aquellas clausulas más complicadas, con todo detalle.
Foto: fuente

jueves, 16 de febrero de 2012

Los nuevos índices de revisión (II)


Seguimos tratando los cambios que han tenido lugar en los índices, que van a ser muy importantes, si tienes una hipoteca contratada. Hemos tratado los índices que quedan como están, como puede ser el Mibor; pero, hay índices que desaparecen y otros nuevos, que hay que tener en cuenta.
En el capítulo de los nuevos índices, tenemos que la Orden se ha sacado de la manga nuevos índices, para poder calcular los nuevos tipos de interés:
-El tipo medio para hipotecas, entre 1 y 5 años en adquisición de vivienda libre, que han sido concedidas por entidades de crédito de la zona euro.
-La permuta de intereses (la Interest Rate Swap- IRS), eso sí, al plazo de 5 años.

Los índices que han desaparecido, con toda esta serie de cambios, son:
-el tipo medio para las hipotecas a más de 3 años, para la adquisición de vivienda libre, que han sido concedidas por las entidades bancarias.
-el tipo medio para las hipotecas a más de 3 años en adquisición de vivienda libre, que han sido concedidas por los bancos.
-el tipo medio para hipotecas a más de 3 años en adquisición de vivienda libre, que han sido concedidas por las cajas de ahorros.
-el tipo activo de referencia de las cajas de ahorros (o sea, el CECA).
Foto: fuente

miércoles, 15 de febrero de 2012

Los nuevos índices, para calcular hipotecas y préstamos.


La OCU ha estudiado el cambio de normativo, que va a afectar a aquellos que tengan una hipoteca a interés variable. Las personas que tienen este tipo de hipoteca deben tener en cuenta esta serie de cambios, para no encontrarse con sorpresas desagradables. Así, el pasado 28 de octubre se hizo publico, en el BOE, la Orden de transparencia y protección al cliente de servicios bancarios. Estos cambios van a entrar en vigor el próximo 28 de abril de este año, y se busca unificar y sustituir las distintas normas de transparencia,que encontramos hoy en día. Bien, ¿Cuáles son los índices que van a cambiar? ¿En qué nos van a afectar?
Los índices que no van a sufrir cambios, de ningún tipo:
Para poder calcular el tipo de interés de nuestra hipoteca o de nuestro préstamo, tenemos una serie de índices oficiales, que funcionan como referencia. La nueva norma mantiene un grupo de ellos, que quedan como están, que son los siguientes:
-el EURIBOR
-el tipo medio para hipotecas, a más de tres años, en adquisición de vivienda libre, que hayan sido concedidas por entidades de crédito en España.
-el tipo de rendimiento interno, dentro del mercado secundario de deuda pública, con un plazo de entre 2 y 6 años.
- Mibor (que es exclusivo para los préstamos, que fueron formalizados antes del 1 de enero del 2000).
Como vemos, hay puntos importantes, que permanecen como estaban.
Foto: fuente.  

El Euribor, la ley de la compensación


A pesar de la caída del Euribor, quien quiera comprarse un piso, todavía, tendrá que esperar un tiempo. Y, es que los bancos ya se han organizado para ponerse manos a la obra y, algunos, que ofrecían, hasta ahora, las mejores condiciones del mercado, han decidido darle la vuelta a la situación. Así, las mejores hipotecas han decidido subir sus diferenciales para poder compensar el recorte de la referencia por excelencia, para poder fijar el valor de la letra, que tenemos que pagar, cada mes, al banco. Los últimos cambios son muy importantes y van a marcar tendencia, sin duda, porque vienen de las entidades, que son más competitivas. Así, iBanesto ha decidido subir el diferencial de su Hipoteca Azul en 0.10 puntos porcentuales, lo que hace que esté en 1,24% más el Euribor. Y, la Hipoteca Premium del Banco Popular-e cambia su referencia de cálculo, desde el Euribor, más el 0.99%, hasta el menos competitivo, el IRPH más el 0,75%. Eso sí, algunas de las mejores ofertas se mantienen, como es el caso de la ING, a la que Popular, con su movimiento, anteriormente dicho, hace que esté entre las mejores opciones, ya que es el mejor diferenciar con su Euribor más 0.99%. Eso sí, dejando a un lado las cifras puntuales, estamos en un momento muy claro: estamos ante una tendencia alcista que las hipotecas están viviendo, desde el año pasado, para poder ajustarse a la caída libre de Euribor, que está siendo imparable.
Foto: fuente.

lunes, 13 de febrero de 2012

Las abusivas clausulas suelo


El juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ha dictado, hace muy poco, una sentencia que deja claro que las clausulas de limitación del tipo de interés de las hipotecas, a tipo variable, que reciben el nombre de “Cláusula suelo”, de entidades como BBVA, Cajamar o Caixa Galicia, son abusivas. Según el juez, la abusividad está en la desproporción entre el suelo y el techo, que están fijados en las cláusulas, una desigualdad que no estaría justificada, de ninguna manera. La OCU lleva varios años reclamando que se eliminen dichas clausulas suelo; pero, por el momento, parece que seguirán, ya que dicha sentencia no es firme. Eso sí, se recuerda a las personas que se ven perjudicadas por este tipo de clausulas que tienen una serie de derechos: -debe acudir a su entidad para llegar a una negociación, para que no se aplique dicha clausula. Se puede usar el modelo estándar de reclamación para poder solicitar la eliminación de la cláusula suelo.
- Si la entidad se niega y el perjuicio que se sufre es alto ya que el tope de bajada es muy alto -hay contratos que posee límites del 3.5% o superiores, en algunos casos-, lo mejor es cambiar el préstamo a otro banco, realizando una subrogación, en la que dicha cláusula desaparezca.
Foto: fuente

El nuevo Préstamo Automóvil de oficinadirecta.com


Oficinadirecta.com, la entidad online del Grupo Banco Pastor, ha hecho lo mismo que otras muchas entidades bancarias, ya que han decidido reducir el tipo de interés de sus productos de ahorro y, al mismo tiempo, aumenta los diferenciales en sus productos de activo, o sea, préstamos y créditos, como es en el caso del Préstamo Automóvil de oficinadirecta.com. Este préstamo se caracteriza por la devolución de dicho préstamo, en un período que va de los 2 a los 8 años y con un interés, de tipo de interés mixto, o sea, con un interés fijo -para la primera parte del período del préstamo- y un interés variable -para el resto del préstamo-, el cual se ha aumentado en 0,65 puntos, para cada una de las partes, que se va a componer de la siguiente manera:
-Tipo de interés inicial 6,90% durante el primer año
-Revisión anual de intereses Euribor+ 4.90, durante el resto del período del préstamo
Eso sí, para poder disfrutar de dicho préstamos, tendremos que cumplir con una serie de condiciones:
-Domiciliar los ingresos mensuales
-Domiciliar al menos dos de nuestros recibos -que puede ser de agua, luz o teléfono
-Tener tarjetas 4B y Visa con la entidad -que serán gratis, con ingresos domiciliados-.
Foto: fuente

Préstamos rápidos (II)


Seguimos hablando de algunos de los préstamos rápidos, que podemos encontrar en el mercado. Así, este mes de febrero podremos encontrar los siguientes préstamos rápidos: Crédito Coche Cetelem, con un tipo de interés del 8%, con un importe máximo del 99.999 euros; plazo máximo de 5 años y una comisión de apertura del 3%. Las mismas condiciones se encuentran en los créditos: Crédito Coche Usado Cetelem y Crédito Moto Cetelem. Por otro lado, tenemos el préstamo rápido por Vitalnet Caja Vital Kutxa, con un interés del 8,75%, con un importe máximo de 30.000 euros, por 6 años y una comisión de apertura del 1,50%. El préstamo personal BIGBANK el interés es del 9% y por un valor de 10.000 euros, como máximo, que podremos pagar en un máximo de 5 años, con una comisión de apertura del 1,75%. Y, para terminar, tenemos el Efectivo BBK Bilbao Bizkaia Kutxa, con un interés del 9%, por un importe máximo de 15.000 euros,que podremos pagar en unos 5 años. No tendremos comisión de apertura. Eso sí, nos encontraremos con una serie de inconvenientes, ya que hay créditos que son más fáciles de lograr, que otros. Pero, en general, para poder beneficiarnos de uno, tendremos que tener una nómina o una fuente de ingresos, que sea demostrable, así como no estar dado de alta en el fichero de morosos, tanto en el Asnef, como en el RAI, por muy pequeña que sea la cantidad impagada por la que estemos.
Foto: fuente

Préstamos rápidos


Los préstamos rápidos son los préstamos, de tipo personal, que se caracterizan por que su concesión es casi en el momento y se tramitan a través de Internet. El plazo medio, para poder devolver dicha cuantía económica es de 5 años y el importe que se financia es de unos 6000 euros, de media, aunque hay ofertas, dentro de este mercado, de cantidades mayores. Los préstamos rápidos online poseen dos vías de acceso primordiales: los bancos y cajas, que se ocupan de ofrecer dicho préstamo rápido a sus clientes y otros bancos y entidades financieras de crédito (EFC) que conceden préstamos, sin tener que domiciliar nuestra nómina, ni tener que cambiar de banco. Algunas de las entidades que nos ofrecen este tipo de créditos son BIGBANK, Cetelem o Cofidis. Da igual la vía que empleemos, los préstamos rápidos son una gran solución, para aquellas personas que necesitan dinero, de manera urgente, para poder hacer frente a algún imprevisto económico. Los préstamos rápidos más competitivos son los que poseen un tipo de interés, más o menos, del 9,00% y el plazo medio para devolver dicho préstamo es de 5 años, eso sí, el importe máximo que se puede solicitar y la comisión de apertura, no tienen ningún tipo de homogeneidad.
Foto: fuente

Los préstamos hipotecarios suben, aunque baja el Euribor


Las hipotecas son cada día más caras, mientras que, el Euribor, baja cada día. Esto ha sido denunciado por parte de la OCU -Organización de Consumidores y Usuarios-. Así, las entidades financieras han empeorado las condiciones de las hipotecas, lo que unido a la restricción del crédito, pone las cosas muy difíciles a aquellos que quieran comprar una casa. La difícil situación por la que pasan las entidades bancarias, se está notando, por otro lado, en el bolsillo del contribuyente, que quiera adquirir una vivienda. Su necesidad de poder captar recursos está significado un intenso empeoramiento, dentro de las condiciones de los préstamos hipotecarios, lo que, unido a la restricción de crédito, de estos momentos, no es una buena noticia, para poder adquirir una vivienda. Y, así, nos encontramos que el euribor baja; pero, el diferencial baja. Uno-e, que era la que ofrecía mejores condiciones a sus clientes, ha subido el diferencial que aplica a sus hipotecas desde el 1.05% al 1,80%, sin tener que contratar el seguro de vida. Esto significa un incremento de un 0,75% en tan sólo un mes y, así, el euríbor está muy lejos del +0.39% que ofrecía, en un primer momento. Esto significa que el diferencial ha aumentado en un 1,41%, en dicho período. Además, es cada vez más difícil encontrar préstamos, donde no tengamos que contratar un seguro de vida, lo que hace que el banco logre colocarse en una situación mucho más cara, que si lo contratamos por nuestra parte. Y, les permite subir el euribor en dos puntos, con la excusa del seguro de vida.
Foto: fuente

miércoles, 8 de febrero de 2012

Si vives en un punto negro, no se te va a conceder una hipoteca


En el actual momento de crisis, cada vez hay más entidades bancarias que han decidido fijar la “recolocabilidad” de las viviendas, a parte de valorar el precio de la misma y la capacidad, a la hora de hacer frente a los pagos, por parte del comprador, en el momento de conceder una hipoteca. Y, es que algunos bancos se niegan a conceder hipotecas, en unas zonas determinadas. Por ejemplo, en el distrito de entrevías 28053, en Madrid. Pero, no es el único lugar donde esto sucede, ta que los bancos se niegan a conceder hipotecas para aquellos inmuebles, que están ubicados en lugares conflictivos, para poder llevar a cabo la financiación.
Foto: fuente

Cosas que debes saber sobre la fiscalidad de los depósitos bancarios


En los últimos meses, en la zona euro, ha caído el ahorro; pero, el poco dinero que el usuario puede ahorrar, se recomienda que se invierta en productos financieros, para poder lograr más rentabilidad y que estén más seguros, que debajo de un colchón. Además, no estaría mal tener en cuenta que los depósitos más rentables son una manera ideal de conseguir sacarle mucho provecho a nuestros ahorros. Y, también, tienes que tener en cuenta que la fiscalidad de los depósitos bancarios, va a modificarse cada año o con el cambio de gobierno. Recuerda que la fiscalidad de los depósitos se debe incluir en el Impuesto sobre las Rentas de Ahorro. Hasta el pasado mes de enero, del año 2012, la retención fiscal de los intereses, que crean los depósitos, estaba entre el 19% y el 21%. Pero, esta retención será incrementada, con el nuevo gobierno de Mariano Rajoy. Así, las ganancias de hasta los 6000 euros van a tributar hasta el 21%, los que van hasta los 24.000 euros, al 25% y los que superen dicha cantidad, tendrán un 27% sobre los beneficios, que se hayan obtenido. O sea, ten en cuenta esto, cuando decidas contratar un préstamo bancario.
Foto: fuente

lunes, 6 de febrero de 2012

Antes de firmar una hipoteca (II)


Seguimos tratando otros puntos que debemos tener en cuenta, a la hora de firmar una hipoteca, para poder beneficiarnos de los mejores préstamos, en una época donde no se conceden muchos préstamos, como es el actual, y donde las comisiones han aumentado:
-Las falsas obligaciones. Algunos productos financieros, que están vinculados, se suelen presentar como “obligatorios”, cuando, en realidad, no lo son y se alega una bajada del diferencial. El listado de este tipo de productos es muy grande, ya que nos vamos a encontrar con un gran número de seguros, como puede ser el seguro de vida, el seguro del hogar, el seguro de desempleo... también, nos encontramos con planes de pensiones, cuentas corrientes...
-Las nuevas fórmulas de blindaje. Estamos hablando de los seguros swap o clips, que son productos que las entidades financieras, que se ofrecen a los consumidores, como un tipo de seguro de cobertura. Estamos hablando, en realidad, de productos de inversión de alto riesgo, se comercializan unidos a hipotecas. Por culpa de los mismos, los consumidores se encuentran en una situación de atrampados y se tienen que enfrentar con unos costes de cancelación, que son enormes -de media, suelen ser de unos 9000 euros-.
-Hay que evitar el famoso euribor. Se busca aplicar índices de referencia para realizar el cálculo más elevado al conocido euribor. Por ejemplo, tenemos el IRPH, que suele estar, de media, un punto porcentual por encima del euríbor.
Foto: fuente

Antes de firmar una hipoteca


Hoy en día, en los tiempos de crisis que estamos viviendo, lograr una hipoteca no es sencillo. Los bancos conceden muchas menos hipotecas y, además, las condiciones que presentan son mayores. Por esta razón, debemos tener en cuenta una serie de cosas, antes de firmar una hipoteca, para no empeorar nuestra situación. Recuerda que un crédito hipotecario tienen muchos puntos, que se presentan en letra pequeña y no dejan de salir sentencias judiciales, por que un determinado banco o una determinada caja no aclaró todos los puntos necesarios, para que el cliente pudiera saber lo que estaba firmando. Según la asociación Adicae, hay una serie de abusos, que suelen cometerse por parte de las diferentes entidades financieras, la mayor parte de los cuales, están en las siguientes partes:
-Las llamadas “cláusulas suelo”. Este tipo de cláusulas van a trabajar contra la bajada del euríbor. Este tipo de cláusulas eran introducidas, se puede decir, a escondidas, por las entidades, para que los consumidores no pudieran beneficiarse de una posible bajada del euríbor. Si son suelos considerados altos (o sea, alrededor del 4%) o vienen sin lo denominado como techo, son consideradas como abusivas.
- Las comisiones. Están vinculadas a una indebida imposición de distintos gastos y comisiones, por parte del consumidor.
-El vencimiento de nuestra hipoteca. Las conocidas cláusulas de vencimiento anticipado van a facilitar resolver el contrato de préstamo hipotecario por algún tipo de incumplimiento de obligaciones no principales -aquellas diferentes a la obligación de devolver el capital o los intereses, que se han fijado en el momento de la escritura-.
Foto: fuente

Algunos préstamos para poder realizar un préstamo en casa (II)


Seguimos con algunos préstamos que podemos encontrar en el mercado, para hacer frente a una reforma o a alguna obra en nuestro hogar:
-Crédito Reforma Hogar de Bilbao Bizkaia Kutxa: nos va a financiar hasta 60.000 euros, que podremos devolver hasta en 10 años, con un interés nominal del 8,24%. Las comisiones, tanto de apertura como de cancelación -puede ser parcial o total- será del 1%.
-Crédito Reforma de Cetelem: nos va a financiar una cantidad que no supere los 18.000 euros, que podremos devolver en un plazo no superior a 6 años, con un interés nominal que va a depender de la cantidad económica que se nos va a prestar: un 9,25%, para cantidad entre 12.000 y 18.000 euros; y, el 9.50% para operaciones entre 10.000 y 12.000 euros. La comisión de apertura va a ser del 3%.
Hay que tener en cuenta las condiciones de cada uno de los préstamos para realizar reformas del hogar, ya que están en la media de los préstamos personales: el tipo de interés está alrededor del 8% y el plazo de amortización va a ir de 5 a 7 años. Y, a la hora de valorar uno u otro préstamo, debes valorar tres puntos: el importe que solicitas, el plazo y la vinculación que tengas con el banco, para poder lograr el préstamo, que tenga el tipo de interés más interesante, para nosotros.
Foto: fuente

Algunos préstamos para poder realizar un préstamo en casa


Nuestra vivienda, sea alquilar o en propiedad, puede ser una de las causas de gastos más importantes, que nos podemos encontrar, a lo largo de nuestra ida, ya que no sólo tendremos que hacer frente a la hipoteca o al alquiler, sino que tendremos que hacer algunas reformas, hacer obras por necesidad o por capricho, y eso va a llevar un gasto que, en ocasiones, no podremos afrontar. Por tanto, debemos saber que alternativas tendremos, para poder hacer frente al coste, para poder conseguir financiación. Así, a inicios de este año 2012 nos encontramos con los mejores préstamos para realizar reformas para nuestro hogar. Así, tenemos lo siguiente;
- Préstamo para reformas en su vivienda o comunidad de Bankoa. Nos va a financiar una cantidad que no supere los 24,000 euros, que podremos devolver en un plazo máximo de 5 años, con un interés nominal del 6,25%. Eso sí, nos va a cobrar una comisión de apertura del 1% y si queremos cancelar, de manera anticipada, de forma total o parcial, el interés será del 0.50%-
- Préstamo Reforma de Caixa Guissona: nos va a financiar una cantidad, que no supere los 45.000 euros, que se devolverá en un plazo no superior a los 5 años, con un interés nominal del 8%. La entidad no va a cobrar ningún tipo de comisión, tanto de apertura, como de cancelación anticipada.
Foto: fuente

Contrato de alquiler, evitar errores (III)


Seguimos tratando algunos errores que suelen aparecer, si no se tiene cuidado, a la hora de firmar un contrato. Así, ten cuidado con lo siguiente:
- No llegar a revisar la casa ni reflejarlo en el propio contrato. Si el inquilino decide entrar en una casa, donde hay algún tipo de pega, debe dejar por escrito, en el propio contrato, los desperfectos que tiene la vivienda y si el dueño se compromete, realmente, a solventarlos. Si esto no aparece en el contrato, el propietario podría llegar a negarse a hacer esos arreglos, con los que contamos, y el inquilino ya está metido en la vivienda. Se debe incluir, en un anexo, con toda claridad, el mobiliario que hay en el piso, los electrodomésticos y el estado en el que están los mismos.
- Dar por supuesto algo, si no aparece en el contrato. En el momento en el que firmemos un contrato, no debemos dejar ningún punto al azar y todo debe estar plasmado en el mismo. Hay que ser precavidos, ante cualquier tipo de problema, en un futuro, y pedir que se modifiquen aquellos puntos, en los que no estamos de acuerdo.
- No fijar la manera en la que pagamos la mensualidad. Este tema es muy importante, tanto para el inquilino, como para el propietario del piso, que quede escrito en el contrato, la manera de pago, sino, alguna de las dos partes podría excusarse que intentó pagar el dinero -o cobrarlo- y que no pudo.
- Aceptar un aval muy alto o por mucho tiempo de duración. Es lógico que el propietario de una vivienda quiera garantizarse el pago de las cuotas del alquiler. Entonces, puede solicitar un aval bancario. Pero, en ocasiones, la cantidad que se pide es muy alta o que dure un período de varios años. También, deberíamos evitar el adelanto de cantidades altas de dinero, en la medida de lo posible, para poder quedarse con el inmueble. Lo mejor es que lleguemos a una negociación, antes de quedarnos con un dinero que podría ser imprescindible, para nosotros.
Foto: fuente

Contrato de alquiler, evitar errores (II)


Seguimos tratando algunos errores, que son bastante frecuentes, a la hora de firmar un contrato de alquiler.
-No realizar una negociación. Si el interesado en la vivienda cumple con las condiciones que busca el propietario, como puede ser dar una mínima seguridad de que se va a recibir la mensualidad, siempre podemos intentar lograr algún tipo de rebaja en la mensualidad de la vivienda, que haga alguna pequeña reforma o que sea flexible en alguna de las cláusulas, que encontramos en el contrato. Por intentarlo, no pierdes nada y, en ocasiones, al inquilino le interesa tener la vivienda alquilada, de manera urgente.
-Hacer un contrato de tipo verbal. La ley permite hacer dos tipos de contratos, tanto por escrito, como el contrato verbal. Y, ambos, son igual de válidos. Pero, en el momento de poder demostrar que hemos llegado a algún tipo de acuerdo que se habían aceptado algún tipo de cláusula es mucho más complicado si el contrato se realiza de una forma verbal.
-No leer el contrato, que vas a firmar. Si no revisas un contrato, que no has escrito, antes de llegar al momento de la firma, quizás, te puedas encontrar, en un futuro inmediato, con alguna sorpresa bastante desagradable. So no miras el contrato con detalle, te vas a poder encontrar con algunos aspectos que no te esperabas o que faltan términos, con los que tú contabas.
Foto: fuente

Contrato de alquiler, evitar errores


Los consumidores, cada vez, tienen más cuidado, a la hora de tomar algún tipo de decisión, sobre todo, si puede afectar a su economía, como puede ser alquilar un piso. Pero, en ocasiones, todos los cuidados que tomemos no es suficiente y los intereses que tiene el consumidor, no llegan a cumplirse. Por esa razón, cuando damos el paso de alquilar una vivienda debemos leer el texto que vamos a firmar, con mucho cuidado, y solicitar las modificaciones de las cláusulas, que nos parezcan más interesantes. Algunos de los errores más cotidianos son los siguientes:
- No comprobar que la persona que nos alquila el piso es, en realidad, el dueño del mismo. Puede suceder que la persona que nos está alquilando la propiedad sea, en realidad, una persona ajena o un familiar del mismo, que busca sacar dinero del alquiler del piso -a causa de una herencia, un divorcio, un conflicto de tipo familiar... También, nos podemos encontrar ante el caso de un subarriendo. Ten cuidado, para no ser víctima de un engaño, por lo que se recomienda, en este tipo de casos, que se consulte los archivos del Registro de la Propiedad. Sencillamente hay que pedir una nota simple, que cuesta unos 3 euros, para saber quien es el verdadero propietario del piso que nos interesa alquilar. Como dice el dicho: “hay que prevenir, antes que curar”.
- No saber si la inmobiliaria va a cobrar al inquilino. O sea, si el contrato de alquiler se realiza a través de una agencia, debemos preguntar, en un primer lugar, si la misma le cobra algún tipo de interés, de honorario, a la persona que es propietario de la vivienda. Incluso, hay agencias que cobran, también, al inquilino, en el momento en el que firma el contrato.
Foto: fuente