Desde
un punto de vista jurídico, los estatutos dela Unión Europea no
contemplan, en ningún caso, inyecciones en los bancos, de manera
directa, sino que deben ser instrumentadas, con el Estado como
intermediario. Pero, dicha fórmula va a presentar varias diferencias
respecto a un rescate puro, hacia un gobierno. O sea, no es lo mismo
que rescatar al Gobierno, de manera directa.
-No
se va a perder soberanía. Con la teoría encima de la mesa, estamos
ante un plan de ayuda al sector financiero y, en ningún caso, ante
una intervención. Eso significa que no se ha exigido la tan temida
adopción de medidas por la Unión Monetaria ni por el Fondo
Monetario Internarional (FMI). Por otro lado, los organismos, a nivel
internacional, que se encargan de supervisar y de autorizar la ayuda,
sólo se vana encargar de velar por la correcta gestión de los
fondos, que se han prestado, en el seno de las entidades financieras,
que los han pedido.
-No
van a existir condiciones: el rescate al Estado suele incluir una
serie de imposiciones, o sea, una serie de condiciones. En cualquiera
de los casos, de manera implícita o explícita, la aprobación si va
a significar asumir un compromiso de mantener las reformas
estructurales.
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