El Alto Tribunal ha decidido hacer esta aclaración, tras una nota de prensa que fue enviada por la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) en la que se celebraba la sentencia, del pasado mes de noviembre, que declaraba como abusiva a la cláusula que se imponía a los compradores y donde se interpretaba que el dictamen se realizaba para todos los casos. Y, es que el pasado mes de noviembre, del año 2011, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo decidió declarar nula esta cláusula de pago de plusvalías, que es impuesto, por parte de los vendedores inmobiliarios, a los compradores. La sentencia consideraba que el promotor debía pagar dicho impuesto porque se iba a beneficiar del aumento del valor de dicho inmueble, cosa que no iba a suceder, en el caso del comprador.
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