miércoles, 29 de agosto de 2012

Como lograr liquidez (III)


No sólo nos vamos a encontrar este tipo de créditos, también, nos vamos a encontrar con propuestas bonificadas, teniendo en cuenta el grado de vinculación con la entidad financiera. Estamos, en definitiva, de buscar soluciones puntuales, ante la falta de liquidez que viene desencadenada por la consecuencia de pagos, que no se esperaban, una excesiva carga de impuestos… Una de las propuestas más interesantes es la que nos ofrece el Banco Santadell, que ha decidido incorporar a sus productos La Línea Expansión, un préstamo, como máximo de 5000 euros, en la cuenta Expansión. Sus titulares van a poder retirar la cantidad de dinero, que les hace falta, tantas veces que sea necesario, sin tener que pagar las temidas comisiones. Su mecánica va a consistir en poder transferir la suma solicitada a la propia cuenta Expansión del cliente y el usuario va a decidir el plazo, en el que va a devolver la cantidad, en el momento en que se le facilita dicha cantidad.
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¿Cuáles son los productos más rentables de las entidades bancarias?


Es cierto que los productos bancarios de mayor rentabilidad, en la mayoría de los casos, van a exigir domiciliar la nómina o la pensión y algunos de nuestros recibos domésticos. Cuentas- nóminas, planes de pensiones, cuentas que son de alta remuneración o depósitos… son algunos de los productos más rentables, que se ofrecen a los clientes de los bancos. Bien, por ser bonificados o porque sus réditos son mucho más elevados, de lo que es normal, son muy llamativos. Pero, por otro lado, casi siempre se suelen exigir domiciliar la nómina o la pensión y algunos de los recibos domésticos. Estamos ante un momento en que las entidades financieras han decidido empezar una pequeña “guerra” comercial para poder ser quién ofrece más prestaciones o más servicios. Para esto, se venden cuentas- nómina, planes de pensiones, cuentas de alta remuneración o depósitos más rentables, donde se ofrecen unas mejores condiciones de contratación. Vamos, todo por conseguir más clientes. Pero, por supuesto, no van a faltar los incentivos, en forma de regalos, ya que los clientes van a poder llevarse a casa obsequios de gran utilidad y que son diseñados bajo las últimas tecnologías.
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Como lograr liquidez (II)


No nos encontramos con unos préstamos más habituales, sino, que están encaminados hacía unas líneas de financiación, que son menos habituales, con las que vamos a poder afrontar algunos de nuestros gastos del día a día. Nos encontramos con miles de familias que necesitan un pequeño adelante para poder llegar a fin de emes o para poder afrontar un gasto, que sea inesperado, que ha surgido en su entorno, en su familia… Son muy diversas las situaciones en las que se va a necesitar un cierto grado de liquidez y muchas personas se encuentran que no tienen posibilidades y necesitan recurrir a la ayuda de un banco o de su caja de ahorros, a través de un producto; pero, que no le implique un endeudamiento, en grado excesivo. Nos encontramos que es posible acceder a una serie de créditos que van a rebajar, más o menos, en un 10% los intereses. Nos encontramos con una serie de productos que, en términos generales, no va a superar los 5000 euros y que se va a poder amortizar en poco tiempo. Pero, algunas entidades financieras deciden aplicar comisiones que van a encarecer el producto, como por ejemplo, son las de apertura o cancelación anticipada, con una tasa que va a ir del 0,5% al 1%. 
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Como lograr liquidez


Las entidades bancarias han decidido apostar por una financiación a las familias, eso sí, con condiciones; aunque, son menos exigentes, que en otros años, aunque las comisiones van a hacer mucho más caro el crédito. Y, es que las entidades financieras han decidido confeccionar líneas de financiación que son menos exigentes, cuyo importe económico no supera, en la mayoría de los casos, los 5000 euros y que se va a poder amortizar en un período de tiempo corto. Pero, algunas propuestas que nos ofrecen, en realidad, están basadas en una serie de comisiones que van a encarecer el producto, como son las de apertura o las de cancelación anticipada, como una tasa que va a ser entre el 0.5% y el 1%. Pues bien, vamos a tratar las diversas ofertas que nos ofrecen varios bancos y cajas de ahorro para poder solucionar, de manera puntual, la falta de liquidez de las familias. ¿Qué hacer en el caso de tener que hacer frente a la falta de liquidez? Estamos inmersos en una crisis económica, que parece que nunca va a tocar fondo y, cada día, nos encontramos que es mayor el número de personas que desean conseguir liquidez para poder intentar solucionar sus problemas de caja doméstica y necesitan una serie de anticipos para poder hacer frente a una serie de situaciones diversas. 
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Como renegociar nuestro alquiler (V)


Hay que tener en cuenta que si hay alguna modificación de la renta, de manera indefinida, si va a ser necesario formalizar un nuevo contrato, en cualquiera de los casos. Y, ¿Cuáles son los puntos fuertes de un inquilino, para poder lograr una rebaja en el alquiler?
 -En el momento de la negociación, hay que tener en cuenta si el inquilino posee un historial de buen pagador, se ha caracterizado por un buen comportamiento, por cuidar el inmueble y no ha dado ningún tipo de problema al arrendador, va a ser mucho más fácil lograr una rebaja. Para esto, hay que conocer el contrato y las cláusulas, en todo caso, al detalle. La mejor forma de conseguir un nuevo acuerdo va a ser la negociación entre las dos partes; ya que, con educación y con respecto, todo puede ser susceptible de llegar a pactarse.
 -Ser realistas con la actual situación del mercado: según datos aportados por el portal inmobiliario Fotocasa, el precio medio de las rentas ha caído alrededor del 25%, desde el estallido de la burbuja inmobiliaria a finales del 2007 y un 3%, durante el último año. Si el inquilino ha encontrado una serie de ofertas de alquiler, en la misma zona o similar, va a tener mucho más fácil llevar a cabo la renegociación de su contrato.
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Como rescatar nuestro plan de pensiones (III)


Antes de rescatar nuestro plan de pensiones, debemos tener en cuenta cierta variables, para poder lograr su máxima rentabilidad, o sea, sacarle el mayor partido a nuestro dinero, que hemos logrado acumular a lo largo de los años. El período en el que se han realizado las aportaciones, los ahorros que hemos alcanzado, los ingresos que se obtengan tras la jubilación o la manera en que se quiere poder recibir el dinero. Estos son sólo algunos de los parámetros que debemos tener en cuenta, a la hora de llevar a cabo el rescate de nuestro plan de pensiones.
 -El importe rescatado del plan de pensiones se va a sumar a los rendimientos anuales y va a tributar al IRPF. O sea, el dinero que el ciudadano obtenga, año tras año, procedente de su pensión y de otra clase de ingresos, hay que sumarle el plan de pensiones y, en función de la cantidad que nos salga, el contribuyente va a tener que pagar una mayor o menor cantidad en su Declaración de la Renta. Quien decida apostar por el cobro en forma de capital va a ver aumentado, ese mismo año, de manera cuantiosa, los impuestos que va a tener que pagar y puede tributar el tramo más alto. Si decide hacerlo en forma de renta, va a ascender bastante menos, pero lo hará todos los años, ya que se van a considerar rendimientos del propio trabajo. 
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Como rescatar nuestro plan de pensiones (II)


Cuando llega el momento de la jubilación, el titular de un plan de pensiones posee tres opciones para poder cobrar su dinero: recibirlo como si fuera capital, como renta o de una forma mixta.
 --Si lo recupera en forma de capital, va a lograr de una única vez, todos los ahorros, que ha depositado.
 --Si elige la renta, el titular va a cobrar de manera periódica, una determinada cantidad –casi siempre, mes a mes-. 
-Si elige la fórmula mixta, va a percibir una parte en un único pago y, la cantidad que falta, a plazos. Cada una de las alternativas van a generar ganancias o pérdidas en los ahorros de la persona titular, a causa de la diferente clase de fiscalidad que se pueda llegar a aplicar. Por esta razón, es muy recomendable conocer las ventajas y los inconvenientes que va a conllevar cada una de las fórmulas, según la situación personal de cada uno de los contribuyentes. El plan de pensiones está formado, en la mayoría de los casos, por los ahorros de toda una vida, así que no es muy recomendable precipitarse. Foto: fuente

Como rescatar nuestro plan de pensiones


El capital alcanzado, los ingresos que sean logrado tras la jubilación o la manera en que se desea recibir el dinero son algunos de los factores que hay que valorar para poder rescatar el plan de pensiones. Una de las preguntas que le suele surgir a una persona, en el momento en que se jubila es cómo cobrar el dinero de su plan de pensiones. En función de la forma en que lo haga –en un único pago, en forma de renta o combinando ambas posibilidades- tendrá que abonar a Hacienda una cantidad en concepto de impuestos, más o menos. Hay que recordar que el tipo impositivo que se le va a aplicar, también, va a depender de la antigüedad del plan, el dinero que va a recibir de él cada año y de los ingresos, que se logran por la pensión. Por esta razón, conviene pensar en estas variables. Pues bien, vamos a dar una serie de consejos para poder lograr un mayor rendimiento posible de nuestros ahorros. 
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Como renegociar nuestro alquiler (IV)


Los contratos de alquiler, como puede suceder con otra clase de contrato, ofrecen a las partes la posibilidad de poder pactar las condiciones y cláusulas, que puedan considerar oportunos. Así, siempre que las partes puedan llegar a un acuerdo, podrán establecer un nuevo precio, por el arrendamiento de una vivienda. Es completamente legal renegociar el precio del alquiler, hay mucha libertad de pacto para poder establecer la renta y pactarla las veces que sean necesarias; pero, siempre y cuando haya un convenio o un acuerdo entre las partes, o sea, entre el inquilino y el arrendador. Ahora, la pregunta es: ¿es necesario firmar un nuevo contrato?
 -El anexo: si con el nuevo acuerdo, se decide pactar una rebaja respecto a la renta anterior, a lo largo de un período de tiempo determinado, no va a ser necesario formalizar un nuevo contrato. Sólo va a ser necesario incluir un anexo o una cláusula adicional, en el contrato, donde se va a detallar y especificar el nuevo acuerdo. Va a tener que presentar el nuevo precio de arrendamiento, el tiempo que está estipulado, el número de cuotas… todo lo que sea necesario, pues los expertos suelen recomendar todos y cada uno de los pactos, que se puedan llegar a alcanzar. 
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Como renegociar nuestro alquiler (III)


A la hora de poder renegociar un alquiler, debemos tener en cuenta las siguientes propuestas
 -Reducir el tiempo del contrato. Se busca una disminución en el plazo inicial de la prórroga obligatoria o forzosa, por esta razón, el período mínimo de los contratos de arrendamiento va a pasar de los cinco a los tres años, y, en el caso de la prórroga tácita, nos encontramos de tres a un año. De esta manera, el límite legal para poder permanecer en un piso de arriendo, se va a reducir a la mitad y la Ley solo va a amparar a los inquilinos a lo largo de cuatro años, en vez de los actuales ocho, que venía siendo hasta ahora. 
-Actualización de rentas al margen del IPC: en los futuros contratos, la modernización, año a año, de las rentas, que está ligado al IPC general, podrá ser pactada por las partes, que estén al margen de la inflación, aunque no figure dentro del contrato. Esta medida va a entroncar con la posibilidad de poder renegociar el precio del alquiler, pues, aunque no posee carácter retroactivo y será aplicable sólo en el caso de los nuevos contratos, hay que señalar una opción que ya era mucho más factible.
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Como renegociar nuestro alquiler (II)


Lo primero, hay que tener en cuenta la nueva normativa sobre el alquiler. El Consejo de Ministros ha aprobado, el pasado mes de mayo, el anteproyecto de Ley, por el que se realizan cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y la de Enjuiciamiento Civil. Así, según el propio Ejecutivo, con estas nuevas medidas, que no van a entrar en vigor, hasta este mes de septiembre, cuando el Congreso lo acuerde de manera definitiva, lo que se pretende es lograr una mayor flexibilidad dentro del mercado del alquiler. Este mercado nos muestra, todavía, unas cifras bastante exiguas, si los comparamos, con el de otros países. En España, sólo un 17% de la población vive en una vivienda en alquiler, frente al 29% de media de la Unión Europea y muy lejos de datos como: el 38% en Francia, el 47% en Alemania o el 56% en Suiza. Varios expertos han señalado que el objetivo de fomentar el alquiler puede verse truncado, por varias razones; pues si lo que se busca es proteger a la persona que alquila, los inquilinos podrían llegar a verse en una situación de desprotección y de inestabilidad, que sería bastante perjudicial. 
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Como renegociar nuestro alquiler


Si el inquilino posee una trayectoria de buen pagador, no ha dado ninguna clase de problemas y maneja ofertas, por la misma zona, será mucho más sencillo poder conseguir una rebaja en el alquiler. Para muchos arrendantarios, hacer frente al pago del alquiler, mes a mes, es cada vez más complicada. La tasa de desempleo ha alcanzado el 24, 63% a lo largo del segundo trimestre del 2012, llegando a la cifra de casi 5,7 millones de parados, a lo que hay que unir los distintos recortes, rebajas o las congelaciones de sueldo, el aumento del IVA, o subidas en las temidas facturas de la luz, el agua o el gas. Así, nos encontramos con los inquilinos, que, ante la no posibilidad de poder continuar haciendo frente al pago del alquiler, buscan alcanzar un acuerdo con el arrendador, para poder renegociar el precio del mismo. Una solución que, en la mayoría de los casos, va a beneficiar a ambas parte. Pues bien, vamos a tratar los pasos que hay que acometer para poder lograr la susodicha rebaja.
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martes, 28 de agosto de 2012

Encargué un producto para septiembre, ¿Qué pasa con el IVA? (V)


Y, ¿qué sucede si decido hacer una reparación? Es otro de los casos, en que, el ciudadano, va a tener que pagar una factura más alta, aunque decida llevar su coche al taller, en los últimos días de agosto. Si el taller entrega el vehículo ya reparado y emite la factura, con fecha del mes de septiembre, entonces, si va a tener que hacer frente a la subida. Hay que recordar que los presupuestos que realizan los talleres tienen una validez de 10 días, por lo que, lo más lógico es que advirtieran de esta posibilidad, de que tenga que pagar más, o sea, que se incluya el nuevo tipo impositivo, en el susodicho presupuesto. Este encarecimiento se va a aplicar, por otro lado, a todo tipo de reparaciones, como pueden ser los ordenadores, electrodomésticos. Por tanto, si necesitas arreglar alguno, ahora es el momento, sino vas a pagar un 3% más, por lo mismo. Recuérdalo. -Otra clase de productos. Para cualquier otra clase de artículo, que se haya llegado a reservar, se va a pagar el IVA vigente, en el momento en que se vaya a recoger. Así, tanto los cuadernos y una buena parte del material escolar, que va a ser gravado con un tipo más alto, van a ser bastante más caros, si el clientes los recibe a partir del 1 de septiembre, siempre y cuando el propio comercio no asuma la subida del impuesto. 
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Encargué un producto para septiembre, ¿Qué pasa con el IVA? (IV)


Pero, a la hora de adquirir un coche, nos encontramos que no siempre es posible poder librarse del aumento del gravamen. En el caso de que la adquisición del vehículo se realice en varios plazos, aquellos que se hayan abonado antes del 1 de septiembre del 2012 van a tener un IVA del 18%; mientras que, en el caso de los que se paguen a partir de dicha fecha, van a tributar con el 21%. Lo que suele ser más frecuente, sobretodo ahora que estamos viviendo una grave crisis económica, es que el vehículo no se pague de una sola vez, sino que se apueste por la financiación, así, que la mayor parte de las personas que deciden adquirir un automóvil nuevo, si se lo van a entregar en septiembre, van a tener que desembolsar, por lo menos, una parte del incremento del IVA. Sólo aquellas personas que adquieran su nuevo vehículo, antes del 31 de agosto, y lo paguen de forma íntegra, van a poder beneficiarse, completamente, de este nuevo gravamen. Eso sí, las personas que sufran alguna clase de minusvalía o que tengan una movilidad reducida, no se van a ver perjudicados por la subida del IVA, a la hora de comprar un coche nuevo. Tanto si deciden adquirirlo durante el mes de agosto, como a lo largo del mes de septiembre, si cumplen con todos los requisitos para poder beneficiarse de beneficios fiscales, van a seguir pagando, como hasta este momento, el impuesto, en su versión superreducida, o sea, el 4%. 
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Encargué un producto para septiembre, ¿Qué pasa con el IVA? (III)



Pero, hay que señalar que, en el caso de la luz, el gas o las telecomunicaciones, nos encontramos que, en septiembre, nos tocara pagar, como si hubiéramos consumido, con el nuevo tipo de IVA, durante los meses de julio, agosto y septiembre. Pues bien, a continuación, vamos a explicar los diversos servicios y artículos que van a verse afectados por la subida impositiva y si va a ser posible esquivar dicha subida, en estos últimos días de agosto.
-¿Quieres comprarte un coche? Los ciudadanos que decidan comprarse un coche nuevo, después del mes de septiembre, se van a ver muy perjudicados por el aumento del tipo impositivo. Los vehículos van a pasar de estar gravados con un 18% al 21%. Vamos, que un coche va a pasar a costar 3 euros más, por cada 100 euros que valga. Esta diferencia puede ser que tengamos que pagar por un coche que, el 31 de agosto valía 20.000 euros, el 1 de septiembre, unos 600 euros más –vamos, una cantidad nada despreciable-. Por esta razón, muchos ciudadanos han pensado que, si comprar un coche nuevo, es mejor adelantar la compra, antes de que termine el mes de agos, para poder evitar la subida de dicho impuesto. Algunos consumidores ya han dado el paso de dar un adelanto, para poder adquirir el deseado vehículo y, de esta manera, poder dejar apalabrado la adquisición, sin tener que hacer frente a la subida de impuestos.
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Encargué un producto para septiembre, ¿Qué pasa con el IVA? (II)


Es cierto que los rumores sobre la subida del IVA eran continuos, desde antes de que se iniciara el verano; pero, hasta que se publico en el BOE, no se sabía con exactitud el porcentaje, con el que se iba a tributar cada uno de los productos o servicios, que podemos encontrar en el mercado y la fecha de entrada en vigor, de este nuevo tipo de impuesto. Al final, el IVA superreducido se va a mantener en el 4%, el reducido va a pasar del 8% al 10% y, el general vuelve a aumentar del 18% al 21%. Pero, la gran sorpresa, para muchos consumidores, es que varios productos y servicios van a pasar de tener un IVA del 8 % al 21%. Al entrar en vigor el próximo 1 de septiembre, ha provocado que muchas personas estén buscando la manera de poder sortear la susodicha subida, de este tipo impositivo. En algunos casos, como puede ser la compra de abonos de temporada para actos, tanto culturales, como deportivos, implica ahorrarse unos euros. Pero, no siempre es así, ya que, en otros casos, van a tener que pagar un gravamen más alto, aunque hayan reservado dicho servicio, con un mes de antelación. Foto: fuente

Encargué un producto para septiembre, ¿Qué pasa con el IVA?


En muchas ocasiones, nos encontramos que no es fácil poder sortear la subida del IVA, incluso, si hemos realizado el consumo, a lo largo del mes de agosto. El aumento del IVA, que ha sido publicado en el BOE, del pasado 14 de julio, ha tirado a la basura a las previsiones que se han realizado, por parte de las familias españolas, para poder cuadrar sus presupuestos domésticos. Como suele pasar, los españoles se van a tener que enfrentar a un aumento de los precios de los productos y de los servicios, a causa de una subida en los impuestos; en otras ocasiones, el empobrecimiento vino provocado a causa de un aumento del precio de la luz, del gas o a causa de la bajada de sueldos, pagas extras o prestaciones, a causa del desempleo. Ante esta dura situación, los consumidores han buscado la manera de poder esquivar el crecimiento del IVA reservando los artículos, antes de que este nuevo tipo impositivo entre en vigor el próximo 1 de septiembre. Eso sí, debemos tener claro cuáles son los productos que se van a ver afectados a causa de esta subida del IVA y si se puede, o no, sortear el aumento del IVA. 
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