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miércoles, 29 de agosto de 2012

Como renegociar nuestro alquiler (V)


Hay que tener en cuenta que si hay alguna modificación de la renta, de manera indefinida, si va a ser necesario formalizar un nuevo contrato, en cualquiera de los casos. Y, ¿Cuáles son los puntos fuertes de un inquilino, para poder lograr una rebaja en el alquiler?
 -En el momento de la negociación, hay que tener en cuenta si el inquilino posee un historial de buen pagador, se ha caracterizado por un buen comportamiento, por cuidar el inmueble y no ha dado ningún tipo de problema al arrendador, va a ser mucho más fácil lograr una rebaja. Para esto, hay que conocer el contrato y las cláusulas, en todo caso, al detalle. La mejor forma de conseguir un nuevo acuerdo va a ser la negociación entre las dos partes; ya que, con educación y con respecto, todo puede ser susceptible de llegar a pactarse.
 -Ser realistas con la actual situación del mercado: según datos aportados por el portal inmobiliario Fotocasa, el precio medio de las rentas ha caído alrededor del 25%, desde el estallido de la burbuja inmobiliaria a finales del 2007 y un 3%, durante el último año. Si el inquilino ha encontrado una serie de ofertas de alquiler, en la misma zona o similar, va a tener mucho más fácil llevar a cabo la renegociación de su contrato.
 Foto: fuente

Como renegociar nuestro alquiler (IV)


Los contratos de alquiler, como puede suceder con otra clase de contrato, ofrecen a las partes la posibilidad de poder pactar las condiciones y cláusulas, que puedan considerar oportunos. Así, siempre que las partes puedan llegar a un acuerdo, podrán establecer un nuevo precio, por el arrendamiento de una vivienda. Es completamente legal renegociar el precio del alquiler, hay mucha libertad de pacto para poder establecer la renta y pactarla las veces que sean necesarias; pero, siempre y cuando haya un convenio o un acuerdo entre las partes, o sea, entre el inquilino y el arrendador. Ahora, la pregunta es: ¿es necesario firmar un nuevo contrato?
 -El anexo: si con el nuevo acuerdo, se decide pactar una rebaja respecto a la renta anterior, a lo largo de un período de tiempo determinado, no va a ser necesario formalizar un nuevo contrato. Sólo va a ser necesario incluir un anexo o una cláusula adicional, en el contrato, donde se va a detallar y especificar el nuevo acuerdo. Va a tener que presentar el nuevo precio de arrendamiento, el tiempo que está estipulado, el número de cuotas… todo lo que sea necesario, pues los expertos suelen recomendar todos y cada uno de los pactos, que se puedan llegar a alcanzar. 
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Como renegociar nuestro alquiler (III)


A la hora de poder renegociar un alquiler, debemos tener en cuenta las siguientes propuestas
 -Reducir el tiempo del contrato. Se busca una disminución en el plazo inicial de la prórroga obligatoria o forzosa, por esta razón, el período mínimo de los contratos de arrendamiento va a pasar de los cinco a los tres años, y, en el caso de la prórroga tácita, nos encontramos de tres a un año. De esta manera, el límite legal para poder permanecer en un piso de arriendo, se va a reducir a la mitad y la Ley solo va a amparar a los inquilinos a lo largo de cuatro años, en vez de los actuales ocho, que venía siendo hasta ahora. 
-Actualización de rentas al margen del IPC: en los futuros contratos, la modernización, año a año, de las rentas, que está ligado al IPC general, podrá ser pactada por las partes, que estén al margen de la inflación, aunque no figure dentro del contrato. Esta medida va a entroncar con la posibilidad de poder renegociar el precio del alquiler, pues, aunque no posee carácter retroactivo y será aplicable sólo en el caso de los nuevos contratos, hay que señalar una opción que ya era mucho más factible.
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Como renegociar nuestro alquiler (II)


Lo primero, hay que tener en cuenta la nueva normativa sobre el alquiler. El Consejo de Ministros ha aprobado, el pasado mes de mayo, el anteproyecto de Ley, por el que se realizan cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y la de Enjuiciamiento Civil. Así, según el propio Ejecutivo, con estas nuevas medidas, que no van a entrar en vigor, hasta este mes de septiembre, cuando el Congreso lo acuerde de manera definitiva, lo que se pretende es lograr una mayor flexibilidad dentro del mercado del alquiler. Este mercado nos muestra, todavía, unas cifras bastante exiguas, si los comparamos, con el de otros países. En España, sólo un 17% de la población vive en una vivienda en alquiler, frente al 29% de media de la Unión Europea y muy lejos de datos como: el 38% en Francia, el 47% en Alemania o el 56% en Suiza. Varios expertos han señalado que el objetivo de fomentar el alquiler puede verse truncado, por varias razones; pues si lo que se busca es proteger a la persona que alquila, los inquilinos podrían llegar a verse en una situación de desprotección y de inestabilidad, que sería bastante perjudicial. 
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Como renegociar nuestro alquiler


Si el inquilino posee una trayectoria de buen pagador, no ha dado ninguna clase de problemas y maneja ofertas, por la misma zona, será mucho más sencillo poder conseguir una rebaja en el alquiler. Para muchos arrendantarios, hacer frente al pago del alquiler, mes a mes, es cada vez más complicada. La tasa de desempleo ha alcanzado el 24, 63% a lo largo del segundo trimestre del 2012, llegando a la cifra de casi 5,7 millones de parados, a lo que hay que unir los distintos recortes, rebajas o las congelaciones de sueldo, el aumento del IVA, o subidas en las temidas facturas de la luz, el agua o el gas. Así, nos encontramos con los inquilinos, que, ante la no posibilidad de poder continuar haciendo frente al pago del alquiler, buscan alcanzar un acuerdo con el arrendador, para poder renegociar el precio del mismo. Una solución que, en la mayoría de los casos, va a beneficiar a ambas parte. Pues bien, vamos a tratar los pasos que hay que acometer para poder lograr la susodicha rebaja.
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