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sábado, 21 de abril de 2012

86 bancos aceptan el código de buenas prácticas sobre los desahucios (II)


Pues bien, dicho código indica los siguientes cambios, dentro de la política de los bancos, ante el impago de las hipotecas, que tantos quebraderos de cabeza están provocando:
-El código va dirigido a personas o familias que se encuentran en riesgo de exclusión social.
-Todos los miembros de la familia se encuentran en situación de desempleo o en el paro.
-La cuota de la hipoteca debe ser mayor al del 60% de los ingresos netos de la familia.
-La vivienda, que está afectada, debe poseer un valor máximo, teniendo en cuenta la ciudad en la que se encuentra, con un máximo de 200.000 euros.
-El afectado va a tener la posibilidad de negociar con su banco, para poder restructurar su deuda.
-La carencia de dicho pago va a ser de cuatro años, como máximo.
-La ampliación del plazo, como máximo, será de 4 años.
-El tipo de interés se va a reducir (euríbor más 0,25 puntos porcentuales).
-Si la cuota sigue siendo el 60% de los ingresos de la familia, el banco va a poder conceder una quita de un 25% de la deuda.
Lo último sería la dación en pago, eso sí, el deudor va a poder permanecer, por un máximo de dos años, en su vivienda, antes de que tenga lugar su desalojo, eso sí, si paga una renta anual del 3% de la deuda que tiene, con el banco.
Foto: fuente

viernes, 20 de abril de 2012

86 bancos aceptan el código de buenas prácticas sobre los desahucios


Es cierto que el nuevo código sólo era voluntario –siempre nos queda la opción de que lo haga, simplemente, por compromiso-; pero, un total de 86 entidades financieras, casi todas enmarcadas en el sector financiero, han decidido apostar por la opción de negociar, antes del desahucio, o sea, han decidido adherirse al Código de Buenas Prácticas sobre desahucios aprobado por el Gobierno. Dicha lista, según el Ministerio de Economía, ya ha sido remitida al Boletín Oficial del Estado (BOE) para que se haga pública y abarca casi todas las entidades que están trabajando en el mercado hipotecario, sobre todo, a las de mayor tamaño. Como recoge el real decreto- ley 6/ 2012, del pasado 9 de marzo, la adhesión al código es sólo voluntaria; pero, en el momento en que una entidad se suscribe, está obligada a cumplirla, durante un período mínimo de dos años, que son prorrogables, de forma automática, por períodos de un año. Los bancos y cajas que han suscrito dicho código se ven obligadas a dar la máxima publicidad, del mismo, a sus clientes y una Comisión de Control se va a encargar de vigilar el perfecto cumplimiento del mismo. Además, los clientes van a poder reclamar cualquier incumplimiento ante el Banco de España. Pues bien, dicho código va a establecer una serie de pasos, para poder evitar el desahucio y va a permitir que, en algunas ocasiones, se pueda saldar la deuda con la entrega de nuestra vivienda, o sea, con lo que se conoce como dación en pago.
Foto: fuente